Notas con relación al local propio de la APIA

Notas con relación al local propio de la APIA

1.- La Asociación Peruana de Ingenieros Agrónomos (A.P.I.A) fue fundada el 21 de Julio de 1912, ocupando sucesivamente varios locales alquilados.

2.- La A.P.I.A., en colaboración de ex – Escuela Nacional de Agricultura y Veterinaria, trasladó en 1949 su sede Institucional a su actual local sito en Pablo Bermúdez Nº 375 (Jesús María), casa que había sido habitada por el Ing. Agr. Don Jorge Vanderghem, padre espiritual de los ingenieros agrónomos peruanos.

3.- El 29 de Mayo de 1950 por Ley Nº 11376 el Gobierno del General Odría, asignó dicho local de Pablo Bermúdez Nº 375 al Ministerio de Marina para que construyera su local Institucional. Las gestiones que realizó la A.P.I.A., impidieron que tal proyecto se llevara adelante.

4.- Por Resolución Suprema Nº 051 de fecha 25 de Marzo de 1954 es reconocida oficialmente la A.P.I.A.

5.- El 20 de Enero de 1956 la ex – Escuela Agricultura y Veterinaria arrendó a la A.P.I.A., por una merced conductiva simbólica la casa que había sido del Ing. Jorge Vanderghem, como una forma de mantener la posesión de dicho inmueble.

6.- La A.P.I.A., que había recibido una casa de adobe y quincha, que, repetimos, la conservó, procedió a la remodelación de otros ambientes desde el año de 1956 hasta el año de 1962, con un monto total de 152´ 000,000.00, de soles.

7.- En 1963 del Gobierno del General Odría cedió el local de Pablo Bermúdez Nº 375 al Gobierno del Japón como una forma de compensarle por los bienes que se le habían incautado en la Segunda Guerra Mundial, Gestiones de la A.P.I.A., ante el Embajador del Japón señor Fumio Miura lograron que éste renunciará a tal adjudicación con fecha 15 de Junio de 1963.

8.- Por Decreto Ley Nº 14543 de 04 de Julio de 1963 la Junta Militar del General Nicolás Lindley transfiere el local de Pablo Bermúdez Nº 375 al Ministerio de Guerra para que construyera el edificio del Consejo de Oficiales Generales; esta vez, también, las gestiones de la A.P.I.A., impidieron que se culminaran tales propósitos.

9.- En el año de 1970 del Gobierno Revolucionario del General Juan Velasco Alvarado cedió el local de Pablo Bermúdez Nº 375 a los Sociólogos del Perú. La A.P.I.A., que no dejó de ocupar el local de Pablo Bermúdez Nº 375 desde 1949, logró convencer a los Sociólogos que no llevarán adelante sus aspiraciones.

10.- En el año de 1977 la A.P.I.A., cedió en calidad de préstamo un aula de la planta alta a la Universidad Agraria, por 30 días.

11.- En el año de 1978, la Universidad Nacional Agraria no desocupó el local ante los requerimientos de la A.P.I.A., entablándose un litigio judicial en el que resultó ganando la A.P.I.A.

12.- Por Decreto Supremo Nº 196 – 78 – VC – 4400 de fecha 17 de Agosto de 1978 la Junta Militar de Gobierno del General Francisco Morales Bermúdez afectó el uso del inmueble de Pablo Bermúdez Nº 375 a la A.P.I.A., para su sede institucional.

13.- Por Resolución Suprema Nº 133-82-VI-5600 de fecha 17 de Agosto de 1982 el Ministerio de Vivienda declara infundada la reconsideración planteada por la Universidad Agraria con relación a la propiedad de dicho inmueble; pero, con relación a la A.P.I.A., expresa que no colabora con una labor social del Estado y que por tanto no reúne los requisitos necesarios para justificar la afectación de uso de un inmueble de propiedad del Estado.

14.- La A.P.I.A., impugno la Resolución Suprema Nº 133-82-VI-5600 solicitando su revocatoria; pero, la Dirección de Bienes Nacionales mediante Oficio Nº 3929-82-VI-5601 de fecha 2 de noviembre de 1982, declara inadmisible el recurso impugnativo de la A.P.I.A., basándose en el Art. 8º del Reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos.

15.- Por Resolución Suprema Nº 201-82-VI-5600 de fecha 16 de Noviembre de 1982 el Ministerio de Vivienda afectó al Ministerio de Salud, el uso, del inmueble de Pablo Bermúdez Nº 375, para el funcionamiento de la Cuna – jardín de los hijos de los servidores de dicho Ministerio.

16.- Con fecha 12 de Mayo de 1983 la Procuraduría General de la República, de conformidad con el Art. 4º del D. L. Nº 17355 y D. L. Nº 17537 en juicio en representación del Estado, notifica a la A.P.I.A. para que en el plazo de 10 días útiles, proceda a desocupar el inmueble que conduce.

17.- Por Resolución Suprema Nº 277-83-VI-5600 de fecha 20 de Diciembre de 1983 el Ministerio de Vivienda autoriza al Procurador General de la República, encargado de asuntos del Ministerio de Salud Pública para que continué las acciones judiciales iniciadas por el Ministerio de Vivienda, con el fin de conseguir la desocupación del inmueble en mención.

18.- La situación era realmente grave, pues, la Secretaría de Juzgado, por orden de la Procuraduría General de la Republica, notificó a la A.P.I.A. para que dentro del tercer día desocupe el local de Pablo Bermúdez Nº 375. So pena de lanzamiento.

19.- Ante la gravedad de la situación el Presidente de la A.P.I.A. y el Presidente del Capítulo de Ingenieros Agrónomos del Colegio de Ingenieros, citaron a los ingenieros agrónomos a una reunión de emergencia en el local del Colegio de Ingenieros.

20.- Al Presidente Belaúnde se le mostró la fotografía de la placa de bronce con la que el Presidente Constitucional de la República Ing. Don Manuel Prado, el 28 de Octubre de 1957 había consagrado dicho inmueble a la memoria del Ing. Agr. Don Jorge Vanderghem y que por tanto venia a constituir un Monumento Histórico, amparado por la Ley 8853, D. L. 19033, D.L. 10268, D. S. Nº 17 EF-73, etc., y cuyo cuidado estaba a cargo de la A.P.I.A. Frente a los poderosos razonamientos que expusimos, el Presidente Belaúnde terminó expresando que “oportunamente” se ocuparía del asunto.

21.- Mientras tanto, en el local de Pablo Bermúdez Nº 375 se producía una lucha de “cuerpo a cuerpo”, pues, los de Salud Pública habían logrado capturar una llave del local, mediante un ardid y una mala interpretación de un funcionario del Ministerio de Agricultura (Ministerio al que la A.P.I.A. le había facilitado una llave para que se dictará unos cursos, por unos días); resaltando en la lucha por la A.P.I.A. la actitud y constancia del Ing. Santiago Palacios y la de la Secretaria Srta. Irene Escobar Pasco (que ha laborado cerca de 40 años para la A.P.I.A.). En esa desigual lucha, cada día los empleados de Salud Pública se iban apoderando de los diversos ambientes, reduciendo a la A.P.I.A. a su más mínima expresión.

22.- Cuando la situación estaba prácticamente pérdida, en un tiempo record, se logró hacer aprobar la Ley Nº 23886 que adjudica en propiedad a la A.P.I.A., el local de Pablo Bermúdez Nº 375 o sea, la casa en la que vivió y murió el padre espiritual de los ingenieros agrónomos del Perú Ing. Agr. Don Jorge Vanderghem.

23.- Es de advertir que las diversas Juntas Directivas de la A.P.I.A., han tratado de conseguir una Ley de adjudicación durante el largo tiempo de su lucha; es así que, por ejemplo en el Senado por los Senadores Ings. Agr. Cuculiza, Calmell del Solar, Negrón y Balarezo se presentó el proyecto de Ley Nº 1215/82-5., sobre el cual la Comisión de Economía, Finanzas y Comercio dictaminó en el sentido de que se recomiende al Poder Ejecutivo que haya suya la iniciativa de dichos Agrónomos Senadores. Dicho proyecto de Ley pasado al Ministerio de Agricultura, no llegó a prosperar.

24.- Pero al final, la lucha de los ingenieros agrónomos ha dado sus resultados y en la actualidad la A.P.I.A. ya es propietaria y ha tomado posesión del inmueble de Pablo Bermúdez Nº 375, gracias a la Ley Nº 23866.

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